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Readmisión o 20.000 euros, un juzgado da la razón a un ‘falso autónomo’ de Canal Sur

El juzgado de lo Social número 2 de Sevilla considera hechas probados que Fernando González Caballos fue despedido de forma improcedente en febrero de 2020. Un suceso que se produjo justo cuando cumplía su décimo aniversario en la radio pública. Había desempeñado las labores de redactor y mantener de www.flamencoradio.com, administrando el sitio web y gestionando sus redes sociales. Queda probado que era un falso autónomo.

Todo ello hasta que una llamada telefónica le comunicó el cese de actividad. Ahora la justicia le devuelve todo lo no cobrado hasta ahora, unos 20.000 euros, y la readmisión en el ejercicio de su actividad. Se admite en la totalidad la demanda del periodistas que durante todo este tiempo ha realizado la cobertura de ruedas de prensa, espectáculos o entrevistas.

Además, participó en la elaboración de programas especiales dedicados a artistas flamencos, realizado labores de documentación del archivo histórico de Canal Sur así como otras funciones que han quedado acreditadas. Todo ello demostrado con un sinfín de correos electrónicos, facturas y hojas de gastos. Una abrumadora ‘hoja de pruebas’ que la juez Rocío Villarubia considera «amplia».

Readmisión inmediata o indemnización

Ante la palmaria evidencia el juzgado se declara improcedente el despido de Don Fernando González-Caballos Martínez con Canal Sur con efectos de 3 de febrero de 2.020. Además, readmisión inmediata del trabajador en el puesto de trabajo que desarrollaba, y en las mismas condiciones que regían con anterioridad a producirse la referida extinción. O se tendrá que abonar una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de 3 de febrero de 2.020. Todo ello a razón de y hasta la fecha de la readmisión a razón de 53,89 euros/día.

No es la primera vez que ocurre un hecho similar. Tras prestar servicios durante 18 y 6 años, las periodistas Isabel García y Carmen del Arco, fueron contratadas en Canal Sur como trabajadores indefinidos no fijos a jornada completa. Más tarde también se sumóLa periodista Gema Velez.

En dos sentencias distintas pero con idénticos fundamentos de derecho, la titular del Juzgado de lo Social número 4 de Madrid, María Luisa Sanz Anchuela, indicaba que en los primeros casos se cumplían todas las condiciones que exige la ley para considerar que existía una relación laboral entre las dos redactoras y Canal Sur, y no una prestación de servicios externa como figura en los numerosos contratos que han tenido que firmar durante tantos años. 

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