- La convocatoria está dirigida a cortos y documentales.
- Las obras seleccionadas se incluirán en un catálogo digital y se distribuirán por los distintos festivales nacionales e internacionales
El Boletín Oficial de Aragón de este miércoles 15 de marzo ha publicado la orden por la cual se convoca el programa ‘film.ar’ para la promoción y difusión del sector audiovisual aragonés. En concreto, de cortometrajes de máximo 30 minutos o documentales de máximo 60 minutos.
Con este programa, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón da la oportunidad a los profesionales del sector audiovisual aragonés de tener una mayor difusión nacional e internacional de sus trabajos. Las obras seleccionadas se incluirán en el catálogo digital film.ar, integrado en la web de la Dirección General de Cultura, y se distribuirán por los distintos festivales nacionales e internacionales, sin menoscabo de que la Dirección General pueda difundirlos también.
Requisitos
Los cortometrajes o documentales deberán haber sido inscritos en un Depósito Legal con posterioridad al 1 de enero de 2022. Podrán participar en esta convocatoria directores y productores cinematográficos que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
- Director nacido en Aragón o empadronado en la comunidad autónoma con un año de anterioridad, al menos, a la fecha de finalización del plazo de solicitud de participación en esta convocatoria.
- Productor o empresa productora con domicilio en Aragón y que esté en situación de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, con un año de antigüedad, al menos, a la fecha de finalización del plazo de solicitud de participación en esta convocatoria. En el caso de coproducción, la productora o productoras aragonesas deben ser propietarias de, al menos, un 50 % de los derechos del audiovisual presentado.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Cultura a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible de manera electrónica o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento Programa Film.ar.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el BOA.