-
El documento recoge una subida de las tablas salariales del 3% en 2015 y del mismo porcentaje en 2016
-
El acuerdo incluye mejoras sociales en materia de jornada y permisos, pero también reconoce, por primera vez, la posibilidad de trabajar en días no laborables
El sector de la Publicidad ya tiene nuevo convenio colectivo. Después de tres años de negociación, los sindicatos CCOO y UGT y los representantes empresariales del sector publicitario han alcanzado un acuerdo. La vigencia del nuevo convenio se ha fijado hasta el 31 de diciembre de 2016 y se prorrogará automáticamente de año en año, salvo que sea denunciado por cualquiera de las partes legitimadas.
La negociación se ha cerrado con una subida del 3% con carácter absorbible. Así, el convenio recoge una subida de las tablas salariales del 3% en 2015 (sobre las tablas de 2011) y del mismo porcentaje en 2016 (sobre las tablas de 2015). Es una subida absorbible y compensable con los complementos personales (excepto con el plus de antigüedad, que se blindó en el anterior convenio). Así, en la práctica, la subida beneficiará a los trabajadores que tengan su salario más ajustado a las tablas. El ajuste de las cantidades correspondientes a 2015 se deberá abonar antes del 30 de abril de 2016 conforme a la siguiente tabla que se recoge en el convenio:
Este aumento salarial absorbible se ha acompañado de algunas mejoras de carácter social, especialmente, en materia de jornada. Entre ellas, se recoge una flexibilidad de horario de entrada de media hora para quienes no trabajen en equipo; un día más de permiso retribuido por matrimonio, nacimiento, adopciones y otros supuestos; tres meses de licencia sin sueldo una vez al año para casos graves y la posibilidad de acumular la hora de maternidad en 15 días laborables, entre otros.
Asimismo, se reconoce –por primera vez- la posibilidad de trabajar en días no laborables, si bien con una compensación de hora y media en día laborable por cada hora trabajada en no laborable. Además, en los casos de incapacidad temporal, la empresa compensará la aportación de la Seguridad Social hasta el cien por cien de la base de cotización del trabajador, si bien con el límite del salario base más alto recogido en las tablas vigentes del convenio.