Madrid pone límites a la publicidad exterior

  • Se prohíbe el reparto de publicidad en la calle y se regula el uso de las lonas publicitarias
  • También restringe el uso de pantallas de tecnología digital en los establecimientos

El Ayuntamiento de Madrid, fiel a su política de acogotamiento de las libertades comerciales y de movilidad, la ha tomado ahora con la publicidad exterior. Lo ha hecho aprobando una modificación de la ordenanza de publicidad exterior, que impedirá el reparto de publicidad (flyers) en la calle, además de regular el uso de las lonas publicitarias y las pantallas luminosas de escaparates y fachadas.

Textualmente, la ordenanza establece que se prohíbe expresamente el «reparto o entrega en vía pública de folletos, anuncios, pegatinas o cualquier otra clase de producto publicitario,excepto el que se realice de forma controlada y dirigida a los participantes en el marco de una acción publicitaria».

En cuanto a las lonas, el edil de Desarrollo Urbano Sostenible, José Manuel Calvo, ha explicado que habrá sanciones a los responsables de la colocación de lonas en edificios que «no estén siendo rehabilitados». «Sólo quedarán excluidas las que tienen estos fines; los edificios tienen que ver», ha precisado el representante municipal.

Según el Ayuntamiento, con esta medida también se busca «introducir limitaciones» en los plazos permitidos para su colocación «para proteger el patrimonio histórico-artístico y su entorno».

En el caso de las pantallas de tecnología digital en establecimientos, el Ayuntamiento madrileño trata de controlar su «proliferación» resolviendo el vacío legal que existe al respecto con el fin de reducir la contaminación acústica y visual. Las pantallas no podrán superar los 30 metros cuadrados ni estar encendidas después de las diez de la noche. En cada local solo se podrá colocar una por planta y fachada, y todas deberán contar con un sensor crepuscular. Además, no podrán emitir sonido ni se podrán instalar en edificios protegidos como Bien de Interés Cultural o en Conjuntos Históricos

Asimismo, en la nueva normativa se incluye expresamente la prohibición de fijar publicidad o colocar carteles en el arbolado, semáforos o señales verticales.

La gestión de la acción sancionadora se realizará mediante denuncia de la Policía Municipal y por la acción de los agentes de movilidad.

Comparte esta noticia en redes sociales:
Quizá te interese:
Ofertas de Empleo

Ofertas de Empleo

Actualización diaria de ofertas de empleo, becas, concursos, premios.